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Partes de entrada y Libro-Registro de viajeros en los alojamientos turísticos.



La Ley señala que todos los establecimientos de hospedaje, ya sean hoteles, apartamentos, viviendas de uso turístico, casas rurales, pensiones, campings o albergues, están obligados a recoger y enviar a la policía los datos personales de los huéspedes mayores de 16 años, conforme exige la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana. De esta manera se puede garantizar la seguridad de vuestros huéspedes y la de vuestro alojamiento.


Es decir, si eres propietario de una vivienda vacacional o de uso turístico debes, en primer lugar, registrar tu vivienda ante la policía, después debes recoger los datos personales de todos tus huéspedes, no sólo para para tu control y registro interno sino también para suministrárselos a la policía.


¿Quieres saber cómo hacerlo?

La herramienta básica que debes conocer y aprender a cumplimentar es el parte de viajeros. Se trata de un documento que debe registrar: nombre, apellidos, documento de identidad válido (DNI, pasaporte…), fecha de expedición, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, fecha de entrada y firma, así como la información del alojamiento y el número de parte. Se puede rellenar y enviar de forma manual u online, pero deberá contener la firma del viajero “de manera inexcusable” y tendrá que ser remitido a las autoridades competentes en un plazo de 24 horas tras la entrada del visitante.

En definitiva, el anfitrión es el responsable de solicitar la información del parte de entrada al viajero o huésped (incluyendo la firma) ya sea de forma presencial o telemática.


Para hacer llegar los registros a las fuerzas de seguridad lo puedes hacer de varias maneras: de forma presencial, por fax o vía Internet en las webs específicas de la Policía y la Guardia Civil –webpol y Hospederias-.


Por último y no menos importante, la normativa exige que crees y conserves un libro-registro, que se forma de manera correlativa, agregando las hojas que firma cada turista con sus datos antes de la entrada a la vivienda vacacional. Este libro-registro, debe estar a disposición de las fuerzas de seguridad por un periodo de 3 años a contar desde la fecha de la última hoja recogida.


Registrar tu vivienda vacacional en la policía es básico, pues operar sin hacerlo puede suponer que tengas graves problemas con la justicia y te expongas a importantes multas. Por ello, si quieres tener tu propia vivienda vacacional, pero no tienes tiempo para ocuparte de estos complicados y tediosos trámites, contáctanos.


Para esta tarea y muchas más, siempre podéis contar con los servicios de una empresa Gestora como Salamanca Home Select que te facilite la vida y que se ocupe de la gestión integral de tu alojamiento: entrega y recogida de llaves, limpieza, lavandería, mantenimiento, puesta a punto, gestión de reservas y del perfil, optimización de precios, contacto con los huéspedes.

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